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| Seguro de Desgravamen para Créditos Microempresa |
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Este seguro cancela la deuda del cliente hasta por un monto de US$ 45,000
en caso de muerte natural o accidental de cualquiera de los intervinientes
del crédito. Asimismo, paga la deuda en caso de invalidez total y permanente
del titular del crédito.
Pólizas:
Soles 2009-000001
Dólares 20009-000002
Con el Respaldo de Compañía de Seguros: ACE Seguros S.A.
Cualquier consulta o si requiere mayor información puede
llamar a ACE SEGUROS S.A., al teléfono 417-5000, en el
siguiente horario: de Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 6:00 p.m., o escribir al correo atencion.seguros@ace-ina.com.
"Las coberturas del seguro son responsabilidad de ACE Seguros S.A.,
empresa distinta a CrediScotia. Toda referencia a CrediScotia se refiere a CrediScotia Financiera S.A."
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Requisitos
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Persona natural que solicite un crédito en la financiera y los demás intervinientes en la operación, si los hubiera. |
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Edad Máxima de Ingreso: 80 años, 11 meses, 29 días. |
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Edad Máxima de Permanencia: 85 años, 11 meses, 29 días. |
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Si el titular o los intervinientes son mayores de 69 años 11 meses 29 días y que soliciten un crédito o de mmicroempresa mayor a S/. 5,000 deben llenar y firmar una Declaración Personal de Salud. |
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| Coberturas |
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| Los intervinientes del crédito (titular, cónyuge del titular, aval y cónyuge del aval) gozan de las siguientes coberturas: |
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Muerte natural. |
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Muerte accidental. |
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Invalidez total y permanente por accidente o enfermedad. |
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| Indemnizaciones |
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Una vez ocurrido el siniestro, los interesados deberá(n) comunicarlo por escrito, pudiendo entregar su comunicación en cualquier agencia de la financiera, con el detalle de las coberturas reclamadas y montos correspondientes, acompañados del sustento que corresponda y los documentos requeridos según cada cobertura.
Las indemnizaciones derivadas de la presente póliza, se harán efectivas dentro de los cinco (5) días útiles siguientes a la recepción de los documentos completos y necesarios para la liquidación.
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| Plazo para atención de siniestros y reclamos |
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| Plazo para Atención de Siniestros |
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El plazo de presentación de los reclamos por siniestros, es de doce (12) meses a partir de la fecha de ocurrencia de los mismos. Este plazo es un plazo de caducidad. El incumplimiento o presentación extemporánea de los antecedentes requeridos, dentro del plazo antes señalado, produce la caducidad de los derechos del Asegurado o de el (los) Beneficiario(s), liberando a la compañía ACE Seguros, del pago de la indemnización que habría correspondido, salvo que demuestren que por razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobada, no pudo cumplir con presentar los referidos antecedentes dentro del plazo antes señalado.
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| Plazo para Atención de Reclamos |
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En caso de quejas o reclamos el Asegurado puede llamar a ACE SEGUROS S.A., al teléfono 417-5000, enviar una carta o acercarse a la oficina principal ubicada en calle Amador Merino Reyna 267, Oficina 402, San Isidro, Lima, en el siguiente horario: de Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 6:00 p.m., o escribir al correo atencion.seguros@ace-ina.com. En todos los casos las quejas o reclamos serán atendidos en un plazo máximo de quince (15) días calendario de presentados por el Asegurado. En caso de persistencia del reclamo o queja, los Beneficiarios podrán optar por los mecanismos de solución de controversias que consideren adecuados para hacer prevalecer sus derechos.
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| Primas |
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TIPO |
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TASA |
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Seguro de Desgravamen 1 Interviniente. |
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Seguro de Desgravamen 2 Intervinientes |
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Seguro de Desgravamen 3 Intervinientes |
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Seguro de Desgravamen 4 Intervinientes |
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| 0.08151% | (incluye impuestos y gastos) |
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| 0.16302% | (incluye impuestos y gastos) |
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| 0.24453% | (incluye impuestos y gastos) |
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| 0.32604% | (incluye impuestos y gastos) |
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| Tasa del seguro de desgravamen se aplica sobre el saldo deudor mensual. |
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| Exclusiones |
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La indemnización de esta póliza no se concede si la muerte natural o muerte accidental del Asegurado se debe directa o indirectamente, total o parcialmente a las siguientes causas o circunstancias:
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| a) |
Enfermedades preexistentes al inicio del seguro.
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| b) |
Suicidio.
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| c) |
Guerra, invasión, hostilidades u operaciones bélicas con o sin declaración de guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, poder militar o usurpado, ley marcial, motín o conmoción civil.
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| d) |
Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero de transporte aéreo comercial.
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| e) |
Participación como conductor o acompañante en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas.
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| f) |
Participación o intervención, directa o indirecta, en actos delictuosos.
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| g) |
Uso de armas atómicas, bacteriológicas o químicas. En particular, tampoco se otorga cobertura cuando se realizan los ataques o intromisiones nombrados haciendo uso de la tecnología de la información.
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| h) |
Ataques o intromisiones en instalaciones y plantas de almacenamiento que conduzcan a la liberación de radiactividad o de sustancias bélicas atómicas, bacteriológicas o químicas. En particular, tampoco se otorga cobertura cuando se realizan los ataques o intromisiones nombrados haciendo uso de la tecnología de la información.
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| i) |
Eventos accidentales ocurridos a consecuencia de la liberación súbita de energía atómica, radiación nuclear o contaminación radioactiva (controlada o no
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| j) |
Epidemias.
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No cubre la Invalidez total y permanente ocasionada a consecuencia de:
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| a) |
Invalidez producida a consecuencia de menoscabos físicos preexistentes y/o congénitos al inicio del seguro.
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| b) |
Invalidez por accidente ocasionado a consecuencia de los denominados "Accidentes Médicos", tales como: apoplejía, congestiones, síncopes, edemas agudos, infartos al miocardio, trombosis, ataques epilépticos u otros análogos.
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| La indemnización de esta póliza no aplica si el Contratante vende, transfiere o cede el crédito o el saldo de la deuda del Asegurado a otra persona natural o jurídica. |
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Listado de Documentos
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En caso de siniestro, el Beneficiario deberá cumplir con presentar los siguientes documentos:
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| a) |
Estado de Cuenta del Crédito (original).
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| b) |
Partida de Defunción del Asegurado (original o copia legalizada).
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| c) |
Certificado Médico de Defunción del Asegurado (original o copia legalizada).
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| d) |
Documento de Identidad y/o Partida de Nacimiento del Asegurado (original o copia legalizada).
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| e) |
En caso de Muerte Accidental.- Atestado Policial y Protocolo de Necropsia del Asegurado (original o copia legalizada).
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| f) |
En el caso de Invalidez Total y Permanente.- Historia clínica e Informe del médico tratante (original o copia legalizada).
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| g) |
Cualquier otro documento que la Compañía considere necesario.
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