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CUENTA

AHORRO PERSONA JURÍDICA

Modalidad de ahorro a la vista para personas jurídicas, independientemente de su nivel de ventas, que buscan rentabilidad para sus excedentes temporales de fondos, seguridad por sus depósitos y flexibilidad y comodidad para realizar sus operaciones.

  • Beneficios

    Beneficios

    • Acceso a empresas de cualquier nivel de ventas: bajos montos mínimos de apertura para brindar mayor acceso a nuestros clientes.
    • Total libertad para depositar y retirar: su empresa elige el plazo de permanencia de sus depósitos y puede aumentarlo o reducirlo sin afectar su rentabilidad.
    • Facilidad para realizar operaciones: su empresa podrá realizar transferencias entre sus cuentas y cuentas de terceros, así como consultas de saldos y movimientos a cualquier hora y desde cualquier lugar a través de nuestros medios virtuales.
    • Más operaciones libres: nuestros clientes tienen entre 4 y 12 operaciones mensuales libres de costo en función al saldo.
    • Respaldo del Grupo Scotiabank.
  • Requisitos

    Requisitos

    Requisitos

    Documentos de la empresa:

    • Copia Literal Original de la Constitución de la Empresa y las modificaciones vigentes, con una antigüedad máxima de 7 (siete) días útiles.
    • Documento de identidad vigente de los apoderados (DNI o Carné de Extranjería, de ser el caso).
    • Fotocopia simple del Testimonio de Escritura Pública de Constitución.
    • Fotocopia simple del Acta o Testimonio de la Escritura Pública de modificación o nombramiento de nuevos firmantes.
    • Tanto el Contrato de Servicios Financieros como la solicitud de apertura deberán ser suscritos por las personas con facultades para el efecto (si existiera el régimen conjunto entre dos o más personas, deben firmar todas en un mismo documento).
    • Fotocopia del RUC de la empresa.
    • Monto mínimo de apertura S/ 180,080.00 US$ 94,310.00.

    Para las modificaciones

    Para ingreso de nuevo firmante:

    • Fotocopia simple de los documentos de identidad vigentes de los apoderados (DNI o Carné de Extranjería, de ser el caso).
    • Fotocopia del Acta o Testimonio de la Escritura Pública de nombramiento de nuevos apoderados.
    • Copia Literal Original o Vigencia de Poder original donde conste el nombramiento, con una antigüedad máxima de 7 (siete) días útiles.

    Para modificación de poderes:

    • Fotocopia simple del Acta o Testimonio de la Escritura Pública que incluya la modificación.
    • Copia Literal Original donde conste la modificación en la sociedad (cambio de nombre, transformación, cambio en el régimen de poderes, revocatorias), con una antigüedad máxima de 7 (siete) días útiles.
  • Documentos

    Documentos

Más información

Fórmulas [PDF: 405 Kb]