Renta para el hogar (por muerte accidental). |
S/.30,000 |
Muerte accidental. |
S/.30,000 |
Muerte accidental por terremoto. |
S/.25,000 |
Sepelio a 1.er riesgo. |
S/.5,000 |
Además, ofrece una cobertura para asistencia:
- Orientación médica telefónica.
- Orientación legal telefónica.
- Traslado médico (ambulancia), 2 eventos al año con una cobertura de S/.250 por evento
Descripción de las coberturas
Muerte accidental por terremoto
La compañía aseguradora pagará a los beneficiarios designados, como indemnización única, el monto asegurado de S/.25,000 en caso de fallecimiento por terremoto o sismo de magnitud igual o mayor a 7.0 según la Escala Sismológica de Richter. Dicha magnitud deberá ser determinada por una entidad oficial del país en el cual ocurra el evento.
Renta para el hogar por muerte accidental
La compañía aseguradora pagará a los beneficiarios designados, como indemnización única, el monto asegurado de S/.2,500 por 12 meses.
Muerte accidental
La compañía aseguradora pagará a los beneficiarios designados, como indemnización única, el monto asegurado de S/.30,000.
En caso de no existir beneficiarios, la compañía pagará la indemnización a los herederos legales.
Sepelio a 1.er riesgo
La compañía aseguradora pagará a los beneficiarios designados, como indemnización única de S/.5,000, por el 1.er fallecimiento de cualquiera de los 4 miembros del grupo familiar declarado.